A- de 2024
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Sala De Consulta Y Servicio Civil Del Consejo De Estado
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Por medio del auto 1958 del 23 de agosto de 2023, esta Corporación resolvió el conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Procuraduría de Instrucción Provincial de Santa Rosa de Viterbo y la Comisión Seccional de Disciplina de Boyacá y Casanare.
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado pidió precisión sobre el nombre del auxiliar de la justicia investigado en el trámite disciplinario que dio origen al conflicto de jurisdicciones de la referencia.
Teniendo en cuenta que, aunque por regla general, esta Corporación ha considerado improcedente la modificación de sus providencias una vez son proferidas, señala que al tenor de lo dispuesto en el artículo 285 del Código General del Proceso, aquellas pueden ser aclaradas “de oficio o a solicitud de parte, cuando contenga conceptos o frases que ofrezcan verdadero motivo de duda, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva de la sentencia o influyan en ella.
Por ello, la Sala Plena estima que, en aras de materializar correctamente la decisión adoptada en el Auto 1958 del 23 de agosto de 2023, es necesario aclarar el nombre del auxiliar de la justicia investigado en el marco del conflicto de jurisdicciones de la referencia, a efectos de que pueda ser debidamente comunicado de lo resuelto, por lo que resuelve aclarar los antecedentes del auto 1958 de 2023 (CJU-3549), en el sentido de indicar que la investigación disciplinaria iniciada con ocasión de la orden compulsar copias por parte del Juzgado 2° Civil Municipal de Duitama, realmente se adelanta en contra del auxiliar Juan Benedicto Rincón Rincón y no contra el ciudadano Rigoberto Castro Montañez.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- ÚNICO. ACLARAR los antecedentes del auto 1958 de 2023 (CJU-3549), en el sentido de indicar que la investigación disciplinaria iniciada con ocasión de la orden compulsar copias por parte del Juzgado 2° Civil Municipal de Duitama, realmente se adelanta en contra del auxiliar Juan Benedicto Rincón Rincón y no contra el ciudadano Rigoberto Castro Montañez.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.